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NOVEDAD:
SI que podran realizarse los Módulos de formación para obtener la equivalencia, a los efectos de docencia durante el próximo curso académico 2012/2013.
Se adjuntan las instrucciones recibidas en el Centro del ISEACV sobre la aplicación de la disposición transitoria única de la Orden ECI /1082/2006, de 6 de abril, para la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 798/2005, de 1 de julio, por el que se establecen los requisitos para obtener la equivalencia, a los efectos de la docencia, en la que se señala que los módulos podrán realizarse hasta la finalización del curso 2012/2013, es decir, hasta el día 30 de septiembre de 2013.
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Nota (04.07.2011)
Ya se pueden recoger los certificados de los módulos realizados durante el curso académico 2010-2011.
Para la foto de la Orla de la promoción 2010-2011 hay que dirigirse a:
BELEN RINCÓN
C/ Pintor Lorenzo Casanova 46. Teléfono: 965132102 antes del 15 de Julio.
Curso académico 2011-2012
Matrícula: 18 y 19 de julio.
Documentación a presentar:
- Certificado Académico Oficial del plan
antiguo (original o fotocopia compulsada)
- Fotocopia de DNI
- Cumplimentar la instancia
- Pago de tasas 046
Las clases se impartirán los viernes de 9h a 14h. Este horario podría estar sujeto a posibles modificaciones en lo relativo a la estructura del curso académico próximo.
Plazas limitadas: 40 plazas
Se elegirá por orden de llegada.
Curso académico 2010-2011
Estos son los horarios para el módulo de Pedagogía de la Danza.
Información General.
- El Real Decreto 798/2005,de 1 de julio, por el que se establecen los requisitos para obtener la equivalencia, a los efectos de docencia, entre los estudios completos de danza anteriores a
la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo(BOE 20/07/2005).
- ORDEN ECI/1082/2006, de 6 de abril, para la aplicación de los dispuesto en el Real Decreto 798/2005, de 1 de julio.(BOE 14/04/2006).
- RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2006, de la Consellería de Cultura, Educación y Deporte, por la que se dictan instrucciones para la organización de las enseñanzas de los módulos de formación complementaria para obtener la equivalencia, a los efectos de docencia, entre los estudios completos de danza anteriores a la ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, y los estudios superiores de danza regulados en ella.(DOCV 15/01/2007).
Complemento de formación.
El Real Decreto 798/2005, en su art. 3, establece las posibles vías de acreditación para obtener la equivalencia de los estudios completos de danza anteriores a
la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del sistema Educativo y los estudios superiores de danza regulados en ella, que se podrá realizar a través de la acreditación documental de una experiencia profesional de al menos tres años de duración realizada con anterioridad al curso 2002-03 según condiciones que establece el Ministerio de Educación, o ante la ausencia de ésta, superando unos complementos de formación en un Conservatorio superior de danza desarrollados en este decreto.
Según el art. 4, los complementos de formación se estructuran en dos módulos, a elegir uno por el alumno:
- Módulo de Pedagogía de la danza.
Constituido por las siguientes materias:Metodología y didáctica de la danza; Pedagogía; Psicología evolutiva y de la educación.
- Módulo de Coreografía y técnicas de interpretación de la danza.
Constituido por las siguientes materias: Lenguaje escénico y dramaturgia; Coreografía; Producción y gestión cultural.
El desarrollo y organización de los mismos se establece en la legislación anteriormente mencionada.
Complementos de formación en el Conservatorio Superior de danza de Alicante.
El Conservatorio Superior de Danza de Alicante oferta estos módulos desde el curso 2008/09, centrando la formación en el MÓDULO DE PEDAGOGIA DE
LA DANZA.
Convocatoria.
Para la superación de cada módulo, los alumnos dispondrán de un máximo de cuatro convocatorias correspondientes a dos cursos académicos debiendo superar, como mínimo, una asignatura de cada materia. La superación de cualquier asignatura tendrá validez en las convocatorias siguientes.
Reconocimiento de la equivalencia.
Una vez superados los complementos de formación el alumno deberá solicitar el reconocimiento de la equivalencia, a efectos de docencia, con el título superior de danza establecido en el art. 42.3 de
la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Calendario para la realización de los módulos de formación.
Los módulos de formación podrán ser cursados en los 7 años siguientes a su publicación, por lo que se podrán cursar módulos de formación hasta el curso 2011- 2012 salvo modificación ministerial.
Desarrollo del módulo:
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MATERIAS
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TOTAL DE HORAS
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ASIGNATURAS
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METODOLOGÍA Y DIDÁCTICA DE LA DANZA
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70
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SISTEMAS METODOLÓGICOS
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100
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METODOLOGÍA Y DIDÁCTICA DE
LA DANZA IV
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PEDAGOGÍA
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30
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EVALUACIÓN EDUCATIVA
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30
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SOCIOLOGÍA Y TEORÍA DE LA EDUCACIÓN
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PSICOLOGÍA EVOLUTIVA Y DE LA EDUCACIÓN
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50
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PSICOLOGÍA EVOLUTIVA Y DE LA EDUCACIÓN
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50
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INTRODUCCIÓN A
LA PSICOLOGÍA
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Los módulos de formación se desarrollan en dos itinerarios:
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ITINERARIO A
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ITINERARIO B
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METODOLOGÍA Y DIDÁCTICA DE
LA DANZA IV
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SISTEMAS METODOLÓGICOS
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EVALUACIÓN EDUCATIVA
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SOCIOLOGÍA Y TEORÍA DE LA EDUCACIÓN
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PSICOLOGÍA EVOLUTIVA Y DE LA EDUCACIÓN
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INTRODUCCIÓN A
LA PSICOLOGÍA
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Los módulos de formación se impartirán el Curso 2010-2011, los Viernes de 9:00h a 14:00h.
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